Resumen del Artículo 37 quinquies

Artículo 37 quinquies del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) — quinquies. Auto complementario. 1. Si en el informe el administrador concursal apreciara la existencia de los indicios a que se refiere el artículo 37 ter, el juez dictará auto complementario con los demás pronunciamientos de la declaración de concurso y apertura de la fase de…

TRLCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 37 quinquies

1. Si en el informe el administrador concursal apreciara la existencia de los indicios a que se refiere el artículo 37 ter, el juez dictará auto complementario con los demás pronunciamientos de la declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación de la masa activa, continuando el procedimiento conforme a lo establecido en esta ley.

2. El administrador concursal deberá ejercitar las acciones rescisorias y las acciones sociales de responsabilidad antes de que transcurran dos meses a contar desde la presentación del informe a que se refiere el artículo anterior. Si no lo hiciera, el acreedor o los acreedores que hubieran solicitado el nombramiento de administrador concursal estarán legitimados para el ejercicio de esas acciones dentro de los dos meses siguientes. El régimen de las costas y de los gastos será el establecido en esta ley para los casos de ejercicio subsidiario de acciones por los acreedores.

Norma publicada: 5 de mayo de 2020

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 37 quinquies

¿Qué dice el Artículo 37 quinquies del TRLC?

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¿El Artículo 37 quinquies del TRLC está vigente?

El artículo 37 quinquies del TRLC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 37 quinquies dentro del TRLC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO V › Sección 4.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 37 quinquies?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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